Los enigmas del 11-M

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Un cerebro llamado Jamal Ahmidan (II): Las incongruencias

30 de Junio de 2008 - 12:44:03 - Luis del Pino

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En el hilo de ayer exponíamos la versión oficial sobre la figura de Jamal Ahmidan, contenida en el informe que la Unidad Central de Inteligencia le envió al juez Del Olmo quince meses después de los atentados. Analicemos lo que nos cuentan acerca de ese supuesto máximo responsable del 11-M.

Lo primero de todo es señalar la gran cantidad de contradicciones, omisiones y falsedades existentes en ese informe, algunas de las cuales ya han sido detectadas por los lectores del blog. Veamos los principales puntos que no cuadran:

  1. El domicilio
  2. El informe de la UCI indica como domicilio de Jamal Ahmidan la C/ Pozas 4, 2º Izq. ¿Pero no vivía Jamal Ahmidan en la C/ Villalobos 51, junto con su supuesta mujer?

    Esa dirección de la C/ Pozas 4 es, en realidad, el domicilio de la supuesta suegra de Jamal Ahmidan. Entonces, ¿por qué le atribuyen ese domicilio?

  3. Los alias
  4. El informe de la UCI afirma que Emilio Suárez Trashorras conocía a Jamal Ahmidan con el sobrenombre de El Chino. No es verdad. Como puede comprobarse en las primeras declaraciones de Trashorras, él conocía al marroquí que viajó a Asturias con el sobrenombre de Mowgly. Pero no sólo eso: es que Trashorras ni siquiera menciona el nombre de Jamal en esas primeras manifestaciones ante la Policía y lo que Trashorras declaró muy posteriormente, en otra causa judicial desgajada de la del 11-M y referida a la falsificación de la matrícula del Toyota, es que al marroquí que subió a Asturias lo conocía con el nombre de Redoan, no Jamal.

  5. Las identidades falsas
  6. La UCI enumera una serie de identidades falsas, con las que Jamal Ahmidan habría sido detenido desde el año 1992 en varias ocasiones: Ahmed Ajon, Zaid Kamel Abon, Youssef Nabil, Yousset Dolmi y Said Tlidni.

    Sin embargo, esa relación no coincide con la lista de identidades falsas que la propia Policía proporcionó al juez en otros informes. Por ejemplo, en el informe sobre las huellas dactilares encontradas en la casa de Morata de Tajuña se dice que apareció una huella de Ahmed Ajon (Jamal Ahmidan) en el soporte de una tarjeta telefónica, y se indica cuáles son las otras identidades con las que ese tal Ahmed Ajon figura en las bases de datos policiales: Ajon Ahmed, Abu Zaid Kamal, Said Mounir Kamal, Nabil Youssef, Dolmi Yousset, Tldini Said.

    Como vemos, en la lista proporcionada en el informe de la Policía Científica hay una identidad falsa adicional (Said Mounir Kamal) que en el informe de la UCI no aparece. Teniendo en cuenta que las bases de datos dan siempre la información que tienen, ¿por qué se excluye esa identidad en el informe de la UCI? ¿A qué fecha corresponde esa reseña del tal Said Mounir Kamal?

  7. Las incongruencias de fechas
  8. El informe de la UCI afirma que Jamal Ahmidan entró en la cárcel de Valdemoro (con la identidad falsa de Ahmed Ajon) en 1992 y que salió el 13/10/1995. Pero por otro lado afirma que el 25/3/94 se emite contra Jamal Ahmidan (con la identidad falsa de Zaid Kamel Abon) una orden de Busca y Captura por la Audiencia Provincial de Madrid. ¿Cómo es posible, si en esa fecha estaba en la cárcel?

  9. La obtención del NIE
  10. El informe de la UCI afirma que Jamal Ahmidan solicitó la tarjeta de residencia en julio de 2000 y que le fue concedida el 13/8/2002.

    Es decir, que Jamal Ahmidan, que acababa de fugarse de un centro de internamiento de extranjeros en abril de 2000, después de agredir a un guardia con un spray, y que tenía por tanto una reclamación pendiente en las bases de datos policiales, acude disciplinadamente a solicitar su tarjeta de residencia tres meses después. Y no sólo eso, sino que le conceden la residencia en agosto de 2002, cuando se supone que está en Marruecos cumpliendo condena por asesinato.

  11. La declaración de Fouad El Morabit
  12. Dice el informe de la UCI que Fouad El Morabit conoció a Jamal Ahmidan un par de años antes del 11-M porque dormían en la misma mezquita. En primer lugar, mal podrían dormir en la misma mezquita si Jamal Ahmidan se encontraba en Marruecos en esas fechas.

    Pero es que, además, no es cierto que Fouad El Morabit declarara semejante cosa. Por el contrario, Fouad El Morabit siempre ha negado que conociera a Jamal Ahmidan y nunca le ha identificado en los reconocimientos fotográficos, a diferencia de otras personas implicadas en los hechos (por ejemplo Asrih Rifaat Anouar), a las que sí reconoció fotográficamente.

  13. Los datos que aparecen de la nada
  14. En el informe se realizan algunas otras afirmaciones que también salen, como lo de Fouad El Morabit, de la nada. Como por ejemplo esa referencia a una supuesta detención en "Saint Aubert Norte" (¿en Francia?) el 19/11/97, de la cual no existe ni la más mínima constancia en el sumario. De hecho, no sólo es que no exista constancia documental de semejante incidente: es que en todo el sumario la única referencia a esa supuesta detención es esa frase del informe de la UCI. No existe ninguna otra mención de semejante hecho en las decenas de miles de folios que componen el sumario.

  15. El tiroteo de Bilbao

Menciona el informe de la UCI el episodio del supuesto tiroteo a un tal Larbi Raichi en Bilbao, a finales de 2003. Sin embargo, ya hemos demostrado dentro de la serie de "Los enigmas del 11-M", que ese episodio no puede ser sino falso, a la luz del análisis de los listados telefónicos y del resto de la documentación que obra en el sumario.

Como vemos, la versión oficial acerca de la personalidad y el historial de Jamal Ahmidan dista mucho de estar clara. Parece una de esas colchas hecha con retales tomados de aquí y de allí, y que no encajan unos con otros, lo que obliga a cortar esto, a estirar aquello y a fruncir lo de más allá.

Pero, con todo, estos errores no son lo más curioso acerca de esa versión oficial. Como veremos en el siguiente artículo, existen otros aspectos todavía más dignos de comentar.

Comentarios (148)

« 1 2 3 »

101 lat, día 1 de Julio de 2008 a las 00:48
¿Antonio Segura es el abogado de la Asociación de Pilar Manjón? Pues en esto que cuenta EM estoy totalmente de acuerdo con él:

Antonio Segura afirmó que la sentencia
de la primera instancia incurre en una «contradicción» y en un «error flagrante» al declarar probado que los siete suicidas
del piso de Leganés fueron los que colocaron las bombas en los trenes y, sin embargo,
exonerar al octavo inquilino, Abdelmajid
Bouchar, que huyó.


http://peones-negros.com/foro/viewtopic.php?p=9999...
102 Rojo4, día 1 de Julio de 2008 a las 01:00
Lat, sí, lo es. Es el abogado joven con poco pelo, un aire a Resines más delgado y joven.
103 splash, día 1 de Julio de 2008 a las 01:01
La defensa de Zouhier pide la absolución como la de los hermanos Toro
http://www.cityfmradio.com/detalle_noticia.php?id_...
104 lat, día 1 de Julio de 2008 a las 01:02
11-M / Los recursos de los condenados

El abogado de Jamal Zougam da un repaso a las incongruencias de los testigos protegidos:

Entre otras, que al principio, y por
separado, dijeron que Zougam llevaba
una mochila negra. Luego, también
por separado, que era «azul clarito
». «Que un testigo se contradiga
puede deberse a múltiples factores;
que dos testigos se contradigan en el
mismo punto y de la misma forma
sólo puede responder a una confabulación
entre ambas»
, dijo el abogado


Fuad Morabit, Mouhannad Almallah, Hamid
Ahmidan, Rachid Aglif, Otman Gnaoui y Raúl González.

http://peones-negros.com/foro/viewtopic.php?p=1000...
105 lat, día 1 de Julio de 2008 a las 01:08
EMILIO SUÁREZ TRASHORRAS

Tampoco la metralla
provenía de Mina Conchita,
según los informes
periciales, lo que
impediría esgrimir en su
contra la afirmación de
otro condenado de que
le recordó a ‘El Chino’
que no se olvidara de coger
«las puntas»,en referencia
a clavos que iba a
emplear de metralla.


Supongo que se referirá a la metralla de la mochila 13, digo yo...

http://peones-negros.com/foro/viewtopic.php?p=1000...
106 lat, día 1 de Julio de 2008 a las 01:12
RAFÁ ZOUHIER

«Pedimos que
se nos aplique el mismo
criterio que a los hermanos
Toro». Con ese desparpajo,
el abogado de
Rafá Zouhier, Antonio Alberca,
reclamó al Supremo la
absolución del confidente
marroquí, condenado a 10 años por colaborar con la
célula dentro de
la trama de los xplosivos.


http://peones-negros.com/foro/viewtopic.php?p=1000...

107 splash, día 1 de Julio de 2008 a las 01:15
Yo lo que no entiendo es que si culpan a Trashorras de traficar con la dinamita de la mina Conchita, no condenen a nadie de esa mina por proporcionársela.
108 lloviend, día 1 de Julio de 2008 a las 01:16
Alberca está explicando la sesión del juicio 11M.
en cityfmradio.com
109 lat, día 1 de Julio de 2008 a las 01:17
Editorial

¿ESTÁ EL FISCAL DEL SUPREMO EN LA ‘TEORÍA DE LA CONSPIRACIÓN’?

http://peones-negros.com/foro/viewtopic.php?p=1000...

Ps. Gracias, Rojo4. Eso me parecía.
PPs. Creo que no hay nada más en EM de hoy. Mañana miro con más calma, que estoy agotada.

110 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 01:22

"En modo alguno están todos los que son"

Tan en modo alguno, que no está ninguno de los que son.

La farsa es tan grotesca que ni ellos mismos se la creen.

¿Pedirá el fiscal que se procese a ZetaP, que dice que están todos los que son? ¿Pedirá el fiscal Navajas que se procese a ZetaP por encubrir a los que son y no están?

Navajas, ¿qué ha hecho ZetaP para buscar a los que no están? Nada. Navajas, sea un poquito consecuente, le toca pedir el procesamiento de ZetaP y su gobierno como encubridores de los que no están.

Bueno, al menos el fiscal acusa tácitamente a ZetaP y su secta de encubrir a los asesinos del 11-M.

111 easycomp, día 1 de Julio de 2008 a las 01:25
lloviend:

"Alberca está explicando la sesión del juicio en cityfm radio".

Chupi, guay.
112 easycomp, día 1 de Julio de 2008 a las 01:35
OT.

Picquart:

En el programa de la COPE van a hablar sobre los reservistas voluntarios.

113 1132CPCF, día 1 de Julio de 2008 a las 01:57


¿Zapatero quién te dijo que el 11-M había terroristas suicidas en los trenes?

Por encargo de “LA COMISIÓN”, un ^GAFE^ cobarde, embustero y sin escrúpulos, para ganar las elecciones del 14-M, llamó a los periódicos y les dijo que había suicidas islamistas en los trenes el 11-M.

El pasado 7-M, también tuvo que morir una persona para mantener en el poder a zET4.

Zapatero, la utilización por parte de tu Gobierno de métodos ilegítimos orientados a pervertir el orden democrático-constitucional y a la comisión de acciones violentas contra personas y propiedades de una población civil determinada para alcanzar tus objetivos electorales, sociales, políticos, militares, culturales, deportivos... o fomentar comportamientos que induzcan o generen miedo y terror... que de otra forma no se producirían, se define como: TERRORISMO DE ESTADO.

¿Quién le pone el cascabel (Art. 102.2) al ^GAFE^?
114 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 02:00

Si Alberca está en City FM que le pregunten sobre como trabaja el CNI, que seguro que responde rápido, que últimamente parece que está muy enterado. Y si no sabe explicarse que llame a algún encargado de prensa, que también parece que sabe de eso, y a su jefe hasta le parecerá bien, que cosas peores se han visto.

115 splash, día 1 de Julio de 2008 a las 02:08
El director del CNI comparecerá por el caso García Calvo
http://www.lanacion.es/?p=10434
Todo es 11M después del 11M
116 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 02:14
La casta dirigente siempre atenta a vejar a las víctimas del 11-M:

“Trabajadores del monumento a las víctimas del 11-M soportan hasta cuarenta grados de temperatura.”

http://www.libertaddigital.com/noticias/kw/11_de_m...

117 erskine, día 1 de Julio de 2008 a las 02:27

BALANCE DE URGENCIA.

He revisado los enlaces que ha puesto la jefa con información sobre la vista del recurso de casación en el Supremo. Naturalmente no disponemos de todos los datos, pero el argumento de Eduardo García Peña, sin duda el mejor abogado entre las defensas (junto con Endika), sobre el testigo que no compareció en la vista oral y, sobre todo, que no pudo ser interrogado por la defensa de Zougam, debe ser atendido. No hay posibilidad de contradicción y eso produce indefensión.

Sobre las otras dos testigos, supongo que se trata de las rumanas, parece bien argumentado lo que se reproduce en la información periodística. Entrecomillo.

"(...) que al principio, y por separado, dijeron que Zougam llevaba una mochila negra. Luego, también por separado, que era «azul clarito ». «Que un testigo se contradiga puede deberse a múltiples factores; que dos testigos se contradigan en el mismo punto y de la misma forma sólo puede responder a una confabulación entre ambas», dijo el abogado.

Esto debiera ser definitivo. Pero el caso se vendría estrepitosamente abajo si se atendiera ese razonamiento. La farsa necesita a toda costa la condena de Zougam.

Pero a falta de tener una información más detallada, hay algo que me preocupa, a esta hora, por encima de cualquier otra cosa. En la perspectiva de desmontar la farsa, resulta decisivo anular la prueba fundamental del caso. ¿Nadie va a atacar la cadena de custodia de la bolsa de Vallecas?.

Y como sabemos aquí, la bolsa de Vallecas es el eslabón debil de la cadena ... de custodia.

erskine
118 erskine, día 1 de Julio de 2008 a las 03:08

UNA CIERTA DISOCIACIÓN/1

Y es que seguimos tropezando con una paradoja que no hemos subrayado suficientemente. A Zougam y a los otros se le detiene precipitadamente y al margen de la instrucción (y esto hay que decirlo tantas veces como sea necesario) tanto policial como judicial, por la venta de unas tarjetas. Lo que no constituye ninguna clase de delito. La prueba es que ni Zbakh ni Bakkali, los que las vendieron, han sido procesados.

Pero se le condena no por algo por lo que no puede ser ni siquiera procesado, como ya se ha señalado, sino como “autor material” por unos reconocimientos en las circunstancias que hemos visto.

Hay una especie de "disociación" entre la detenciones del día 13, con consecuencias inmediatas y decisivas en el proceso electoral, pero sin ninguna, subrayo NINGUNA, consecuencia procesal para los detenidos, y que sólo sirven para la posterior “reconstrucción” de una supuesta organización terrorista, recreada sobre los contactos mantenidos por algunos de esos teléfonos.

En cambio, los reconocimientos de un par de extranjeras rumanas (entiéndase en sentido puramente descriptivo) y en la condiciones que hemos conocido y que vamos conociendo, es lo que sostiene la condena del único autor material del atentado. Considerar a Otman El Gnaoui como autor material no es más que una ficción jurídica.

(sigue)

erskine
119 easycomp, día 1 de Julio de 2008 a las 03:13
Erskine:

Atacar la cadena de custodia de la mochila de Vallecas debería de ser primordial para los defensores de Trashorras, Zouhier y Zougham. No?
120 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:18

El Tribunal Supremo acusa a Garzón de "fraude procesal"

"Y en cuanto a las referencias sobre Mustapha Maimouni es cierto que supone un fraude procesal que estando en principio imputado por la captación de personas para participar en actividades terroristas, el instructor se limitase a declararle en rebeldía por auto de 4.5.2005, conociendo que se encontraba preso en Marruecos –como se recogió en el auto de procesamiento dictado al día siguiente, en el que se hizo constar que Mustapha Maimouni se encuentra
en prisión en Marruecos donde se le imputa la comisión de un delito de naturaleza terrorista- sin interesar una comisión rogatoria para ser interrogado en concepto de imputado y procesado en su caso, y no obstante su declaración de rebeldía, se solicitase en citación para el juicio por el Ministerio Fiscal y varias de las defensas, en calidad de testigo –cuando la afirmación de que ha sido condenado en Marruecos por un delito de integración en banda terrorista no tiene respaldo documental-."



http://estaticos.elmundo.es/documentos/2008/06/23/...

Sentencia del 5 de junio de 2008, Operación Nova.

El instructor al que se refieren es Garzón.

Fraude procesal continuado, no es lo peor que ha hecho.

¿Está en la cárcel marroquí Maymouni? ¿Por qué no hay constancia de su supuesta condena? ¿Es otra perdiz?





121 erskine, día 1 de Julio de 2008 a las 03:20

UNA CIERTA DISOCIACIÓN/2

Naturalmente, todo lo anterior se completa con la disparatada atribución de a autoría material del atentado a siete cadáveres indefensos (un verdadero escándalo desde el punto de vista jurídico) fallecidos en extrañas circunstancias en una vivienda de Leganés.

Bastará con decir sobre las circunstancias extrañas y por si alguien quiere querellarse con nosotros, que está acreditado en la propia sentencia, que la vivienda estaba controlada por un especialista en escuchas y seguimientos de los cuerpos de seguridad.

Si quitamos a Zougam y a los cadáveres indefensos de Leganés, de atentado no queda nada más. Del 11-M no queda nada. Nada más.

El resto, son condenas puramente retóricas por pertenencia o colaboración con organización terrorista. Pero que nada tienen que ver con el 11-M.

Como otras tantas condenas. Como, por poner un caso, la del Mohamed El Ouazzani, que primero es usado coo testigo para sostener lo de la "guerra de Irak" (se reproducen seis folios de sus declaraciones ante Garzón, en el Auto de procesamiento); pero posteriormente es procesado, acusado, condenado y finalmente absuelto. Este es el modelo.

Y así, decenas de ellos. Pero sin relación (probada) alguna con el atentado del 11 de marzo.

Buenas noches.

erskine
122 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:28
1.

El recurso de casación según los jueces del 11-M.

La secta global que defiende la versión oficial insiste últimamente en que los hechos probados de Bermúdez son sagrados, que el Supremo no los puede ni mirar.

La reciente sentencia sobre la Operación Nova en que intervienen dos magistrados que en el Supremo verán el 11-M -Berdugo como ponente de la Nova, y Martínez Arrieta- se extiende mucho en refutar esta tesis de los falsarios encubridores. Me parece que esto es infrecuente, aunque sería mucho soñar que lo aplicaran al 11-M y se olvidaran del uso alternativo del derecho.

De todos modos, ahí va la argumentación del Supremo que desmonta el último recurso utilizado por los encubridores del 11-M:

"La estimación "en conciencia" a que se refiere
el art. 741 LECrim. no ha de entenderse o hacer equivalente al criterio personal e intimo del Juzgador, sino a una apreciación lógica de la prueba, no exenta de pautas o directrices de rango objetivo que lleva a un relato histórico de los hechos en adecuada relación con ese acervo, de mayor o menor amplitud, de datos acreditativos o reveladores, que haya sido posible reunir en el proceso.

Suele centrarse la atención sobre las propias expresiones de los arts. 717 y 741 LECrim. en orden a fijar el alcance y limites de la función valorativa y estimativa de los Jueces. "Criterio racional" -dice la sTS. 29.01.03- es el que va de la mano de la lógica, la ciencia y la experiencia, dejando atrás la arbitrariedad, la suposición o la conjetura. Pues bien, previamente en aras de tales principios es insoslayable la explicitación del proceso razonador de los Jueces en virtud del cual adoptan "en conciencia" una determinada conclusión valorativa en lugar de otras también plausibles."
123 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:33
2.

Recurso de Casación.

"la función de esta Sala no puede consistir en realizar una nueva valoración de las pruebas practicadas a presencia del Tribunal de instancia, porque a este solo corresponde esa función valorativa pero si puede este Tribunal verificar que, efectivamente, el Tribunal «a quo» [Miniber] contó con suficiente prueba de signo acusatorio sobre la comisión del hecho y la participación en él del acusado, para dictar un fallo de condena, cerciorándose también de que esa prueba fue obtenida sin violar derechos o libertades fundamentales y en correctas condiciones de oralidad, publicidad, inmediación y contradicción y comprobando también que en la preceptiva motivación de la sentencia se ha expresado por el juzgador el proceso de su raciocinio, al menos en sus aspectos fundamentales, que le han llevado a decidir el fallo sin infringir en ellos los criterios de la lógica y de la experiencia (STS. 1125/2001 de 12.7)."


124 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:38
3.

Recurso de Casación.

"Así pues, al tribunal de casación debe comprobar que el tribunal ha
dispuesto de la precisa actividad probatoria para la afirmación fáctica contenida en
la sentencia, lo que supone constatar que existió porque se realiza con observancia
de la legalidad en su obtención y se practica en el juicio oral bajo la vigencia de los
principios de inmediación, oralidad, contradicción efectiva y publicidad, y que el
razonamiento de la convicción obedece a criterios lógicos y razonables que
permitan su consideración de prueba de cargo.

Pero no acaba aquí la función casacional en las impugnaciones referidas a la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia, pues la ausencia en nuestro ordenamiento de una segunda instancia revisora de la condena impuesta en la instancia obliga al tribunal de casación a realizar una función valorativa de la actividad probatoria, actividad que desarrolla en los aspectos no comprometidos con la inmediación de la que carece, pero que se extiende a los aspectos referidos a la racionalidad de la inferencia realizada y a la suficiencia de la actividad probatoria. Es decir, el control casacional de la presunción de inocencia se extenderá a la constatación de la existencia de una actividad probatoria sobre todos y cada uno de los elementos del tipo penal, con examen de la denominada disciplina de garantía de la prueba, y del proceso de formación de la prueba, por su obtención de acuerdo a los principios de inmediación, oralidad, contradicción efectiva y publicidad. Además, el proceso racional, expresado en la sentencia, a través del que de la prueba practicada resulta la acreditación de un hecho y la participación en el mismo de una persona a la que se imputa la comisión de un hecho delictivo (STS. 209/2004 de 4.3)."
125 erskine, día 1 de Julio de 2008 a las 03:39

Easycomp (#119)

Es lo que trato de explicar en 118 y 121 ("Una cierta disociación"). Pero no es sencillo.

Es una trampa infernal. La bola de Vallecas ... lleva a Zougam. De acuerdo, pero no le condenan por eso. Por eso ni le procesan. La prueba es Bakkali y Zbakh, a la calle en junio siguiente. No han vuelto a ser molestados.

La bolsa de Vallecas, es decir, la tarjeta encontrada en la bolsa de Vallecas, sirve para "reconstruir" una especie de trama telefónica a partir de las relaciones entre los que se relacionan con ese grupo de tarjetas. O lo que sea eso. No importa para mi argumentación. Y eso genera la ficción de "organización terrorista". Y una vez articulada por las relaciones entre los supuestos usuarios de esos teléfonos, entramos en el debate (técnico) pertenencia o colaboración.

Muy bien. Pero eso no tiene nada que ver con el 11-M. Con el atentado.

A Zougam, que primero se le detiene por la supuesta venta de esas tarjetas que darán lugar a lo que he expuesto, posteriormente se le condena no por eso, sino por AUTOR MATERIAL.

Su abogado ya no tiene por qué ocuparse de la cuaestión de la bolsa de la Vallecas, sino sobre la credibilidad y validez de los testimonios que le identifican como autor material.

Como los demás condenados, nada tienen que ver con el 11-M, a nadie le interesa ya la cadena de custodia de la bolsa de Vallecas. Su validez como prueba.

No sé si me explico.

Buenas noches.

erskine
126 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:41
4.

Recurso de Casación.

"Esta estructura racional del discurso valorativo si puede ser revisada en casación, censurando aquellas fundamentaciones que resulten ilógicas, irracionales, absurdas o, en definitiva arbitrarias (art. 9.1 CE), o bien que sean contradictorias con los principios constitucionales, por ejemplo, con las reglas valorativas derivadas del principio de presunción de inocencia o del principio "nemo tenetur" (STS.
1030/2006 de 25.10)."
127 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:43
5.

Recurso de Casación.

"Doctrina esta que ha sido recogida en la reciente STC. 123/2006 de 24.4, De modo que sólo podemos considerar insuficiente la conclusión
probatoria a la que hayan llegado los órganos judiciales desde las exigencias del derecho a la presunción de inocencia si, a la vista de la motivación judicial de la valoración del conjunto de la prueba, cabe apreciar de un modo indubitado, desde una perspectiva objetiva y externa, que la versión judicial de los hechos es más improbable que probable. En tales casos, aún partiendo de las limitaciones ya señaladas al canon de enjuiciamiento de este Tribunal y de la posición privilegiada de que goza el órgano judicial para la valoración de las pruebas, no cabrá estimar como razonable, bien que el órgano judicial actuó con una convicción suficiente,
más allá de toda duda razonable, bien la convicción en sí (STC. 300/2005 de 2.1,
FJ. 5)."
128 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:46
6.

Recurso de Casación.

"Consecuentemente debe otorgase un amplio contenido a la presunción de inocencia, como regla de juicio, lo que permite un triple control del proceso inferencial seguido por los Jueces ordinarios:

1º El de la practica de la prueba y el respeto a las garantías.

2º El de la exposición por el órgano judicial de las razones que le han conducido a constatar el relato de hechos probados a partir de la actividad probatoria practicada.

3º El de la razonabilidad del discurso que une la actividad probatoria y el relato fáctico resultante."

129 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:49
7.

Recurso de Casación.

"Pues, como dice la Sentencia 485/2003, de 5 de abril, las sentencias deben estar suficientemente motivadas no sólo en lo referente a la calificación jurídica central o nuclear a que se contraiga el objeto del proceso, sino también en lo relativo a cualquier punto jurídico del debate y de las peticiones de las partes, pues así lo exige el referido artículo 120.3 de la Constitución y también el no hacerlo puede conllevar el defecto formal contenido en el artículo 851.3º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, falta que tradicionalmente se ha denominado «incongruencia omisiva».
130 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 03:53
8.

Recurso de Casación.

"Finalmente, y como dice nuestra Sentencia 555/2003, de 16 de abril, el derecho a la tutela judicial efectiva, establecida en el art. 24.1 de la CE, comprende, entre otros derechos, el de obtener una resolución fundada en Derecho de los
Jueces y Tribunales, y exige que las sentencia expliciten de forma suficiente las razones de sus fallos, esto es, que estén motivadas de forma bastante, lo que además venía ya preceptúado en el art. 142 de la LECrim, está prescrito por el art. 120.3º de la CE, y se deduce implícitamente de la prohibición de la arbitrariedad que impone el art. 9.3º de la misma. La finalidad de la motivación será hacer conocer las razones que sirvieron de apoyatura a la decisión adoptada, quedando así de manifiesto que no se ha actuado con arbitrariedad. La motivación tendrá que tener la extensión e intensidad suficiente para cubrir la esencial finalidad de la misma; que el Juez explique suficientemente el proceso intelectivo que le condujo a decidir de una determinada manera. En este mismo sentido, STC 57/2003, de 24 de marzo.

El incumplimiento de dicho deber o su cumplimiento defectuoso ya no sólo puede suponer un defecto o vicio interno de la resolución que comprometa su validez, sino que constituye una fuente de lesión directa del derecho a la presunción de inocencia que pueda arrastrar como consecuencia no la nulidad de la sentencia, sino la absolución del inculpado."
131 olasarep, día 1 de Julio de 2008 a las 04:03
9.

Recurso de Casación.

Si el Supremo aplicara mínimamente su doctrina, de las arbitrariedades, falacias y falsedades de Miniber no quedarían ni las raspas.

Para que nadie se haga ilusiones y los encubridores de los asesinos del 11-M se queden tranquilos, el Supremo también dice:

", la sentencia considera probado que Mustapha El Maimouni y Sarhane Abdelmajid Faknet, formaban parte de una facción de Al Qaeda que en 2002 y 2003 captaban en España miembros para llevar a cabo la “guerra santa”

Así que el tunecino pertenecía a Al Qaeda, y Miniber sin enterarse. Claro que dice que en el 2002 y en el 2003. A lo mejor en el 2004 hizo un crack inverso. El problema que tendrán será relacionar al resto de los moritos con el Tunecino, pues la inmensa mayoría ni le conocían. Aunque podrían vincularlos con el hecho de que casi todos estaban controlados por la policía. Sería un buen argumento. Célula policial de Al Qaeda, nueva tipología de banda armada. O vieja, muy vieja y constante.

La sentencia:


http://estaticos.elmundo.es/documentos/2008/06/23/...

132 Atonita, día 1 de Julio de 2008 a las 04:30
olasarep #114

Si Alberca está en City FM que le pregunten sobre como trabaja el CNI, que seguro que responde rápido, que últimamente parece que está muy enterado. Y si no sabe explicarse que llame a algún encargado de prensa, que también parece que sabe de eso, y a su jefe hasta le parecerá bien, que cosas peores se han visto.

Pera, hay interconexiones que van más allá de una simple emisora.
Recuerdo un post de nosoyo del año pasado, en el que ya se apuntaba esta "empatía".Lo copio, porque 10 meses después resulta bastante profético:

Pues yo no estoy de acuerdo con Oyarzábal, y no veo ningún cambio en la línea editorial de El Mundo sobre el 11M.

Portada de EM: "Un acusado del 11-M fue a Marruecos y volvió a colaborar con la policía. Rachid Aglif".

Si esto quiere decir que EM vuelve a la VO, me lo expliquen.

Y más después de escuchar la intervención final de Aglif en el juicio, nerviosito perdido, al desayunarse ese mismo día con la exclusiva de EM sobre la trampa policial tendida en su carnicería a la banda de El Chino, poco antes de la explosión de Leganés.

Seguramente quedó muy convincente su ataque a Zouhier y con eso se ganó a muchos "negros", pero que Zouhier fuera utilizado por las blancas para montar la VO, no significa que tres años después siguiera siendo "blanco", y menos si tenemos en cuenta los tropecientos años de condena que pasó a pedirle la fiscalía repentinamente. Seguramente su afable abogado griego, que de vez en cuando se hacía el "negro", haya ayudado también a que algunos vean a Aglif con buenos ojos.

Por cierto, ¿cuántos años de cárcel se juega Aglif?. ¿Muchos menos que otros, verdad?. Pues eso, que más que conejo, huele a perdiz, y Zouhier a perdiz estofada.


http://www.libertaddigital.com/bitacora/enigmas11m...

Unsaludo para todos

11M ENTIRA
133 Hontanar, día 1 de Julio de 2008 a las 06:18
A todos y en especial a #lat que está cansada.....

Bermudez, o como convertir un gigante en un liluputiense!; qué Dios te de muchos años de vida para avergonzarte!

11-M = GOLPAZO DE ESTADO
134 Ethelwir, día 1 de Julio de 2008 a las 06:45
FJL y el juicio. Acaba de referirse al abogado terrorista.
135 Jomesa, día 1 de Julio de 2008 a las 06:56
NUEVOS VIDEOS QSVtv

En la mochila de Vallecas apareció un teléfono móvil Trium T-110 con una tarjeta Amena providencial cuyo rastro de comercialización llevó a la detención de 5 presuntos implicados en plena jornada de reflexión de las elecciones del año 2004. Pocas semanas después, 4 de esos presuntos implicados fueron puestos en libertad.

Si la alarma de un T-110, como dispositivo iniciador de un artefacto explosivo, funciona perfectamente sin necesidad de que esté introducida en el teléfono ¿Por qué se dejaron dentro esta tarjeta como prueba delatora?

La trama de los teléfonos (I)


Desde el principio nos ocultaron los resultados de los explosivos utilizados y los sistemas de iniciación de los artefactos creando una realidad virtual con la eliminación y ocultación de pruebas en las investigaciones posteriores a los atentados.

¿Hubo encaminamientos en las investigaciones sobre el 11-M? ¿Pretendieron que miráramos hacia otro lado desde la misma mañana de los atentados?

Mirando hacia otro lado



¡¡PÁSALO!!
136 Ethelwir, día 1 de Julio de 2008 a las 07:01
El director del CNI comparecerá por el caso García Calvo
http://www.lanacion.es/?p=10434
137 Tadpole, día 1 de Julio de 2008 a las 08:56
Ethelwir, Es el momento de comprobar hasta donde va a llegar el viaje de Mariano. ¿Dará caña el PP con el tema o se hará el oficialista?
138 Ethelwir, día 1 de Julio de 2008 a las 09:33
Tadpole (#137)

Yo no espero nada de él. Habrá que observarlo por si acaso. A veces creo que el giro puede ser una maniobra. Wishful thinking tal vez. Veremos por dónde salen él y los demás.
139 belga197, día 1 de Julio de 2008 a las 09:36
perasalo,

Parece que en los recursos de casación impera el principio de inmediación en la valoración de las pruebas. Es decir, que la valoración que hace el tribunal de los testimonios de la vista oral no es revisable. Pero el resto de pruebas sí.

Incluso lo de los testimonios es muy discutible porque estamos obligados por los tratados internacionales a que exista una segunda instancia. Además, si fuese así el abogado de Zougam estaría haciendo el ridículo en la casación porque precisamente está discutiendo la validez de unos testimonios, única prueba de cargo contra su cliente. Aunque supongo que él lo estará enfocando dentro de la presunción de inocencia.

Lo que está claro es que la justicia española es un despropósito, es decimonónica y ni respeta los convenios internacionales ni se adapta a los medios de su tiempo. Porque recurrir a la inmediación de un testimonio cuando está todo el juicio grabado en video es patético. Sí, la LECr es lo que manda. Pero en muchos casos hasta el Supremo se pasa la LECr por el forro de sus puñetas.

Lo de los hechos probados de puro obvio da verguenza explicarlo. Si no existe razonamiento o el razonamiento es incorrecto, o las pruebas no son válidas o insuficientes ¿cómo se van a mantener los hechos probados? Es absurdo.

Lo que pasa es que hay dos vías para recurrir en casación. Una es la de quebrantamiento de forma, en la que se estaría aceptando el razonamiento de los hechos probados y lo que se recurre son cuestiones técnicas relativas al desarrollo del juicio y la pena impuesta. Por ejemplo la condena a El Haski superior en un año a lo pedido por las partes.
140 amarcord, día 1 de Julio de 2008 a las 09:39
Hilo

1.- Domicilio.

Pozas 4 era domicilio dado con la identidad de Ahmed Ajon.
La policía dice, al solicitar el 26 de marzo el registro en Chinchón, que la finca era su domicilio, y el mismo 26 sabían que era A.A. era un alias de J.A.. El misterio es porqué insistieron en la traza de Ahmed Ajon.
¿Qué hay realmente en Pozas 4, toda una finca propiedad de una fundación?


2.- Los alias.

Si tenemos en cuenta la aceptación que aparece en el Auto de Abril, por parte de la instrucción, de la llamada registrada del 29 de febrero, están aceptando la mutación de El Chino de la UDYCO por el de la UCIE.

3.- Identidades falsas.

Si han pedido la orden de registro de Chinchón alegando que es el domicilio de J.A., teniendo en su poder la filiación completa con reseña policial, ¿por qué no cotejar la huella encontrada con la del morador de la vivienda, en lugar de enviar el alias utilizado, de un argelino, a Marruecos?.

4.- Incongruencia de fechas.

¿Por qué razón si la primera detención de A.Ajon que consta (en 1992), fue en Ceuta, debería cumplir condena en Valdemoro?.

5.- La obtención del NIE.

¿No sabía la UCI que el 13 de agosto, no le fue concedida, sino denegada?.
141 mochuelo, día 1 de Julio de 2008 a las 09:44
Herman Tertsch:

¿Cree que José Luis Rodríguez Zapatero conseguirá agotar su segunda legislatura?

- Yo no lo firmo. La situación se puede torcer mucho y los españoles que le han votado van a tener muchos años para arrepentirse. Me parece con diferencia el peor presidente de la historia democrática de este país.

http://www.lanacion.es/?p=10219
142 Tadpole, día 1 de Julio de 2008 a las 09:48
OT Sobre el “enemigo sustancial” si alguien consigue enterarse de algo y me lo explica, se lo agradecerá mucho.



Don Gregorio Peces Barba,
Catedrático de Filosófía del Derecho
Otro de los “siete padres” de la Constitución

El impulsor de la Federación de asociaciones de víctimas (leales al PSOE) al margen de la AVT cuando Alcaraz era incómodo.

Saltando al cuello de Esperanza se declara Marianista y siendo ateo pide a Dios (Inch Allah u Ojalá, reza el subconsciente de Don Geregorio, tenga éxito Mariano en su “viaje”)


También a los obispos y cardenales que se consideran depositarios de verdades absolutas incompatibles con el pluralismo y por encima de la soberanía popular y del principio de las mayorías, a los políticos que desprecian a sus adversarios y que discriminan, como hace la presidenta de la Comunidad de Madrid, entre asociaciones de víctimas a quienes apoya, frente a otra, mayoritaria, que es marginada, car tel et mon bon plaisin* (sic) , según la fórmula que justificaba las decisiones de los monarcas absolutos. Ése fue en muchos temas el comportamiento de muchos dirigentes del PP en la anterior legislatura. Creo que es a eso, a la utilización atenuada de la ideología del enemigo sustancial, a lo que se refiere Rajoy cuando habla de que hay cosas que cambiar. Ojalá eso nos lleve a un centro derecha abierto, centrista y liberal, que tanto necesita este país...


http://www.elpais.com/articulo/opinion/ideologia/e...

* Sería “car tel est mon bon plaisir” Don Gregorio está perdiendo facultades o se les ha jorobado el becario de verano. Antes lo escribía bien porque una vez aprendió la frase y le gustaba mucho usarla que hace muy chic.

ATENCIÓN: NUEVO HILO DEL BLOG
143 Rocinant, día 1 de Julio de 2008 a las 10:08
“car tel est mon bon plaisir”
Traducción libre:
"Porque me da la real gana".

Gran pensador y qué bien se expresa:
...centro (abierto ¿por qué lado?) centrista...
144 Aaiun, día 1 de Julio de 2008 a las 18:27
Me parece muy interesane este enfoque republicano y muy negro, como nuestros peones.
JUNTAS REPUBLICANAS ESPAÑOLAS: FRENTE AL RÉGIMEN DEL BORBÓN
En Madrid, el 7 de Junio, se constituyó la asociación cívica Juntas Republicanas Españolas, integrada por ciudadanos españoles de diversa filiación política y asociativa procedentes de lo largo y ancho de la geografía nacional.

El agrupamiento de patriotas en Juntas Republicanas Españolas en torno a la “propuesta de reconstrucción nacional”, plataforma de ideas orientadoras para la acción de la asociación, sienta las bases de un movimiento cívico que, en este momento, asume la tarea de organizar la resistencia frente a la embestida del régimen: la centrifugación definitiva de lo que resta de España, tras 30 años de proceso autonómico, y la brutal descarga de los efectos de la crisis económica sobre nuestros compatriotas marcan la agenda del gobierno de su majestad y, por su puesto, de su leal oposición. El PSOE y el PP están de acuerdo en todo lo esencial. A saber, reformas estatutarias ...; políticas de flexibilización del mercado laboral y pactos de moderación salarial invocando el “diálogo social”; además de imponer políticas fiscales regresivas. Ya antes de celebrarse las elecciones, ratificaron su pacto de “frente contra ETA” que significa retomar, tarde o temprano, el “proceso de paz” También dieron, de mutuo acuerdo, carpetazo al 11-M . Ahora sientan en el banquillo de los acusados, de manera ejemplarizante, a voces discordantes con la oscura versión oficial de la matanza, so pretexto de delitos de infamia

Estamos dispuestos a dar la matraca. Nosotros no nos vamos a quedar en casa. La constelación de asociaciones que salieron a la calle durante la pasada legislatura para protestar contra la política antinacional y proetarra del gobierno de zETAp y para reclamar la verdad sobre el 11-M fueron, convenientemente, desmovilizadas en vísperas de las elecciones por el PP y sus terminales.

145 Aaiun, día 1 de Julio de 2008 a las 18:34
Para seguir con las pinceladas sobre Juntas Republicanas, vean como reseñan el libro de Martínez Inglés
EL PODER QUE HAY EN LA SOMBRA


Ningún hecho político trascendente ha tenido lugar en este país durante los últimos 30 años, que no fuera previamente autorizado o decidido por el rey. La defenestración de Arias, el nombramiento de Suárez, las conversaciones con Santiago Carrillo, la legalización del PCE, la dimisión forzada de Suárez, la organización del 23-F, el juicio de Campamento, el impulso de los GAL, el apoyo logístico a la Primera Guerra del Golfo, los nombramientos de todos los ministros de Defensa (que incluyen la jefatura de los servicios de inteligencia), las conversaciones con ETA, etc. son quizá los más importantes, pero no los únicos, en los que el inefable inquilino de La Zarzuela ha intervenido directamente haciendo valer una autoridad omnímoda. Podríamos decir por lo tanto, sin exageración alguna, que el 22 de noviembre de 1975 un régimen de monarquía despótica, flanqueada por una oligarquía de partidos, entre ellos los separatistas, y enmascarada en unas formas liberales aceptables para Europa, sucedió al anterior del Caudillo. Esa monarquía se apoya ante todo en las cúpulas del ejército (convenientemente depuradas de elementos nostálgicos del antiguo régimen) y en los todopoderosos servicios de Inteligencia (que transformaron al rey en el hombre mejor informado del país).



El libro de Martínez Inglés sobrevuela los acontecimientos de los últimos años. Sin embargo, proporciona las claves para responder a preguntas como: ¿por qué el PP de Aznar se hizo tan incómodo como para organizar el 11M? ¿quién apoya incondicionalmente a Zapatero en su aceleración de la desmembración confederal de España? ¿quién es tan poderoso como para conseguir que un tribunal dicte una sentencia como la del 11M? ¿quién tiene tanto poder como para hacer que Rajoy, Enric Sopena, Fraga y María Antonia Iglesias jueguen en el mismo equipo si el guión lo requiere
146 rajmar, día 24 de Julio de 2008 a las 08:21
Este post está preparado desde ayer, pero no lo pude enviar por problemas de photobucket.
Ayer, Tadpole et alls., comentaron sobre el tema de la radiografía.
Muchos argumentos he aportado sobre la falsedad de la radiografía de la mochila de Vallecas.
Por mencionar los últimos que recuerdo:
-La altura de la supuesta Goma2, sólo alcanzaría 6 cms. de altura, para dar ese peso de 10,200 Kgrs. y en la radiografía, su distancia a la hebilla parece mucho menor, lo que haría, caso de haberse rellenado el fondo a lo largo y ancho, que pesara mucho más de esos 10 kilos que nos dicen. O bien que no estuviera ocupando todo el fondo, de parte a parte, y quedaran huecos no rellenos de explosivos, con lo que sería imposible que el teléfono, después de tanto viaje y sube y baja, se mantuviera colocado encima de la Goma2.
-Con una altura de 6 cms de Goma2. es imposible que no se vea ningún clavo en la radiografía.
El estudio que hoy aporto, lo tenía hace tiempo, pero ya me canso de presentar pruebas, sin ningún eco por parte de la superioridad, que le ha dedicado poco al tema de la radiografía, y que es la que podría implicarse en el asunto.
Para entender el asunto he de explicar un concepto sobre una de las propiedades de los Rayos X: la penetración .(Se ruega seriedad).
Esta propiedad es la que hace que unos objetos sean atravesados más fácilmente por las radiaciones (ej: aire, piel, grasa ) que otros (hueso, metal, etc.).
Cuando más fácilmente sea atravesado un medio, más negro se verá en la radiografía (ej.: los pulmones se ven negros) y al contrario sucede con los de difícil penetración que se verán blancos en la radiografía /ej: los huesos y los clavos metálicos que se utilizan en traumatología).
El grado de penetración de los Rayos X es controlado mediante la potencia (kilovoltios) que se usa en la realización de la radiografía.
147 rajmar, día 24 de Julio de 2008 a las 08:33
Una vez explicado esto, veamos la radiografía de la mochila
http://s152.photobucket.com/albums/s194/manazas/?a...
En ella vemos la silueta del móvil, donde confluyen los cables.
Si os fijáis hay dos zonas de diferente densidad, una blanca (flecha roja) y otra más tenue, como un halo alrededor de la anterior (flecha verde).
La zona blanca indica que la radiación ha sido detenida (poco penetrada), mientras la otra sí es atravesada por los rayos.
Esto se confirma observando cómo sí se ven los cables del detonador cuando se superponen a esta zona tenue y en cambio no se ven cuando se superponen a la zona blanca.
Esto es una foto del Trium que he utilizado para lo que viene a continuación, aunque creo que no es un T110, no difiere mucho de éste y es de la misma época. A pesar de ello, es válido para la explicación.
En esta primera foto, con su funda original…
http://s152.photobucket.com/albums/s194/manazas/?a...
Aquí sin funda…
http://s152.photobucket.com/albums/s194/manazas/?a...
Y aquí en la posición en la que estaba cuando se tomó la radiografía, según el informe proporcionado por los propios Tédax
http://s152.photobucket.com/albums/s194/manazas/?a...
Aquí tenéis las radiografías del mismo en la posición anteriormente indicada…
Con funda
http://s152.photobucket.com/albums/s194/manazas/?a...
Y sin funda.
http://s152.photobucket.com/albums/s194/manazas/?a...
(sigue)
148 rajmar, día 24 de Julio de 2008 a las 08:41
Independientemente de que el aparato de rayos X utilizado, en su potencia mínima, es de mayor potencia que el que se usó para hacer la supuesta radiografía de la mochila, de ahí que se vean más las tripas del teléfono (hay más penetración), sí está claro que la funda, cuando está colocada sí se ve como un halo, más visible en el ángulo inferior izdo, que es donde es más gruesa dicha funda y en paralelo al borde derecho del teléfono, mientras que en la radiografía sin funda, aunque está ligeramente oblicuada, ese halo no se ve en ninguna parte.
Aquí tenéis la comparativa de las tres imágenes.
http://s152.photobucket.com/albums/s194/manazas/?a...
Si observáis, además, ambos bordes del Trium que he utilizado, se ven convexos en la radiografía, mientras que en el teléfono móvil que aparece en la mochila, el borde derecho, según se mira, se ve recto.

¿Creéis que el teléfono que aparece en la radiografía tenía funda (otro modelo), o no?
¿Seguro que se trata de un Trium o la radiografía que se aportó mucho tiempo después era de otra marca de móvil?

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