« Otra política nacional de Esperanza Aguirre | Principal | ¿Que se vaya quién, señor Rajoy? »

¿Qué es eso de la lengua vehicular?

5 de Abril de 2008 - 19:07:32 - A. Vermoet

La dictadura blanca que impuso la LOGSE a los profesores, denunciada por gente como Mercedes Rosúa (“Las clientelas de la utopía”), Alicia Delibes (“La Gran Estafa”) o Mercedes Ruiz Paz (“La Secta Pedagógica”), se dedicó, entre otras cosas, a inventarse nuevos nombres para todo, enrevesados conceptos que parecían convertir al maestro en un ignorante en pedagogía moderna, retrógrado e incapaz educar a un niño sin aplastar su personalidad.

Entre esos conceptos, destaca el de “lengua vehicular”, que es como se dice finamente imponer una lengua y perseguir a la otra en las comunidades donde gobierna el nacionalismo. Esperanza Aguirre, siendo Ministra de Educación, fue la primera en denunciar unas instrucciones de la Generalidad de Cataluña que establecían el catalán como lengua vehicular. No sólo la avalaban hechos como que los catalanes debían tener derecho a estudiar en su lengua materna fueran castellano o catalanohablantes, sino la propia Ley de Política Lingüística de Cataluña, que reconocía el derecho de los padres a elegir en qué lengua, castellano o catalán, debían cursar sus hijos la educación primaria. Años después, el TSJC dio la razón a la ya ex Ministra.
El PP no hizo caso a la advertencia de Aguirre y calló mientras el modelo proliferaba en la Galicia de Fraga y en la Valencia de Camps. La situación era distinta en el País Vasco porque el euskera batua era una síntesis artificial de distintos vascuences creada hacía pocos años y, por tanto, no podía sustituir al castellano ni tan siquiera en los círculos más próximos al nacionalismo étnico-territorial del PNV. Pero tras años de gobiernos nacionalistas en el País Vasco y tras años de inacción del Estado (con el PP y con el PSOE) allí donde la educación era instrumentalizada por los nacionalistas, le toca ya al País Vasco aquello de la “lengua vehicular”. Mientras, Esperanza Aguirre sigue defendiendo la libertad lingüística y, ahora, como Presidenta de la Comunidad de Madrid, ofrece a los catalanes que viven en Madrid un colegio en catalán.
El intervencionismo del Estado es, de nuevo, una barrera a la libertad de los padres. El miedo de los colegios vascos a perder las subvenciones gubernamentales pesa más que la evidente demanda de los padres de una educación en castellano, exactamente como ha pasado en Cataluña con la educación concertada.
Parece que nada ni nadie impedirá al Gobierno vasco implantar los nuevos currículos de Primaria, Secundaria y Bachillerato, con el euskera como lengua vehicular (o sea, única permitida). No hará nada el PSOE, máxime mientras tenga como Directora General de Alta Inspección a una ardiente admiradora de la inmersión lingüística, pero sí debemos reivindicar a quien es alternativa de Gobierno, al PP, que ponga fin a la utilización nacionalista de la educación y de la lengua. ¿Cómo? Devolviendo a las familias el dinero para elegir en qué colegio y en qué idioma estudiar, aquel instrumento cuyo nombre aún no ha podido cambiar la LOGSE: el cheque escolar.

Comentarios (11)

Incognit dijo el día 6 de Abril de 2008 a las 17:25:
Eso no solventa el problema pues a los colegios privados también se les impone la "lengua vehicular".
avermoet dijo el día 6 de Abril de 2008 a las 18:05:
No, por dos motivos. En primer lugar, unas Instrucciones de una Consejería no pueden imponerse fuera del ámbito de la Administración. Y, en segundo lugar, los colegios privados pueden quedar exentos de la lengua vehicular, véanse los colegios bilingües o extranjeros. Pero, en cualquier caso, el cheque escolar no es sólo un sistema de financiación para la enseñanza privada, sino que necesita, para funcionar, que todos los colegios tengan autonomía para ofrecer proyectos educativos distintos, y lo que hace es dar a las familias un instrumento para poder elegir entre esos proyectos. Así, no haría falta una lengua vehicular, sino sencillamente garantizar que se enseñan las lenguas declaradas oficiales, por ejemplo, a través de una reválida. Creo que es la mejor solución porque hace que la lengua en que se imparte la educación se defina por parte de la oferta y la demanda de colegios y familias, en vez de por el Gobierno regional de turno, tanto para colegios públicos como privados.
ElKoko dijo el día 13 de Abril de 2008 a las 08:50:
La pregunta que te haces te la contestó el Tribunal Constitucional hace catorce años (Sentencia 337/1994): «no puede ponerse en duda la legitimidad constitucional de una enseñanza en la que el vehículo de comunicación sea la lengua propia de la Comunidad Autónoma y lengua cooficial en su territorio».

Respecto al resto, en esa misma Sentencia encontrarás párrafos tan instructivos como este: «Ni del contenido del derecho constitucional a la educación reconocido en el artículo 27 de la Constitución Española ni tampoco, en particular, de sus apartados 2, 5 y 7 se desprende el derecho a recibir la enseñanza en sólo una de las dos lenguas cooficiales en la Comunidad Autónoma, a elección de los interesados. El derecho de todos a la educación, no cabe olvidarlo, se ejerce en el marco de un sistema educativo en el que los poderes públicos -esto es, el Estado a través de la legislación básica y las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias en esta materia- determinan los curriculos de los distintos niveles, etapas, ciclos y grados de enseñanza, las enseñanzas mínimas y las concretas áreas o materias objeto de aprendizaje, organizando asimismo su desarrollo en los distintos Centros docentes; por lo que la educación constituye, en términos generales, una actividad reglada. De este modo, el derecho a la educación que la Constitución garantiza no conlleva que la actividad prestacional de los poderes públicos en esta materia pueda estar condicionada por la libre opción de los interesados de la lengua docente. Y por ello los poderes públicos -el Estado y la Comunidad Autónoma- están facultados para determinar el empleo de las dos lenguas que son cooficiales en una Comunidad Autónoma como lenguas de comunicación en la enseñanza, de conformidad con el reparto competencial en materia de educación».

Un saludo.
avermoet dijo el día 13 de Abril de 2008 a las 18:05:
¿Me habré expresado mal? Si es así, me discuplo y me explico.

En primer lugar, yo no he hecho referencia alguna a si de la Constitución se deriva o no el derecho a elegir la lengua vehicular de la enseñanza básica, entre las dos que sean oficiales en una Comunidad Autónoma. Por tanto, estás respondiendo a algo que yo no he dicho.

En segundo lugar, el Tribunal Constitucional, como sin duda sabes, no es un órgano del Poder Judicial formado por magistrados independientes, esto es, de la carrera judicial, sino por personas de fuera del poder judicial nombradas por el resto de órganos constitucionales, o sea, por los partidos políticos. La sentencia que citas es un buenísimo ejemplo de esta circunstancia. ¿Acaso no se deriva de la igualdad ante la Ley que cuando hay dos lenguas igualmente oficiales el ciudadano pueda optar con cuál de ellas operar en el tráfico jurídico, ya sea dirigiéndose a la Administración, escolarizando a sus hijos en centros de la Administración o rechazando sanciones por rotular en una de esas lenguas? Por tanto, aunque no lo hago en mi post, sí afirmo que estamos ante un derecho constitucional y que discrepo de esa sentencia (puedo, ¿no?)

Y, en tercer lugar, y esto es lo fundamental del asunto, aún si de la Constitución no emanara ese derecho, tal y como dijo el Constitucional, no haría falta, puesto que una Ley puede reconocer derechos extraconstitucionales. De hecho, es la Ley de Política Lingüística de Cataluña, infame en otros muchos aspectos, la que reconoce el derecho de los padres a optar entre castellano y catalán para escolarizar a sus hijos en la Educación Primaria. Es esa Ley a la que apelaba Esperanza Aguirre cuando rechazaba unas Instrucciones de Pujol que hacían del catalán la única lengua vehicular de la educación pública en Cataluña. Y es esa Ley en la que se ampara el TSJC (que sí es Poder Judicial) cuando reconoce la obligación de la Generalidad de ofrecer una casilla de castellano en el formulario de escolarización.
ElKoko dijo el día 13 de Abril de 2008 a las 22:23:
Te he respondido a tu pregunta, esa que has puesto como título de tu artículo y cuya respuesta asignas, errónea y falazmente, a «la dictadura blanda que impuso la LOGSE a los profesores». Para tu información, la LOGSE se aprobó en 1985; la lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña se determinó en la Ley de Normalización Lingüística de Cataluña de 1983 en base al Estatuto de Autonomía de 1979, que es a lo que se refiere el primer párrafo que te he citado de la Sentencia 337/1994. Si la pregunta que querías hacer no era la que da título a esta entrada de tu bitácora, pues la cambias, pero creo que, tal y como está escrita, no admite ninguna otra interpretación que no sea la literal.

Por otra parte, cuando dices que «parece que nada ni nadie impedirá al Gobierno vasco implantar los nuevos currículos de Primaria, Secundaria y Bachillerato, con el euskera como lengua vehicular (o sea, única permitida)» y afirmas que quien no hará nada será el PSOE, pero que el PP sí puede y debe exigírsele que lo haga, estás tratando de obviar toda la jurisprudencia constitucional dictada hasta ahora, a la vez que pareces querer indicar que el PP podría tener asignado algún poder supralegal para saltarse esa misma jurisprudencia según tus convicciones ideológicas, que, digámoslo de paso y por si todavía no has pillado de qué estoy hablando, son contrarias a esa Constitución con la que contínuamente os llenáis la boca. Por cierto, que es esa misma Constitución la que legitima al Tribunal Constitucional (entre cuyos miembros también hay, aunque no quieras reconocerlo, magistrados de la carrera judicial, tal y como establece el artículo 159.2 de la Constitución).

Finalmente, y entrando en lo que tú llamas lo fundamental del asunto, me temo que quieres ignorar qué se entiende por educación primaria a los efectos que tú estás considerando en tu artículo; tal vez una lectura a la Sentencia que ya te he mencionado te lo clarifique un poco.

Un saludo.
ElKoko dijo el día 14 de Abril de 2008 a las 00:12:
Perdón, la LOGSE se aprobó en 1990, no en 1985.
COPELAND dijo el día 15 de Abril de 2008 a las 22:07:
1º.- Igual que la Ley autonómica o estatal puede imponer, según el TC, la enseñanza en una lengua oficial o en las dos, puede establecer lo contrario.

2º.- El único poder supralegal y supraconstitucional es del TC que, extralimitándose clarísimamente en sus funciones ha subvertido por completo el modelo constitucional en sentencias clave, por razones puramente políticas y coyunturales:

- Sentencia de RUMASA. La propiedad no es un derecho fundamental y se puede violar por Decreto-Ley (siempre que el Gobierno sea socialista).

- Sentencia del CGPJ. La Constitución prevé un modelo, pero se puede interpretar en sentido contrario (los jueces ya no eligen a 12 vocales del CGPJ).

- Sentencias en materia de política educativa, que laminan el derecho a crear y dirigir centros educativos. Has citado, Elkoko (que tiempos aquellos antes de que te banearan del blog de LdP) las relativas a política lingüística que privan a los españoles del clarísimo derecho fundamental establecido en el art. 3 de la Constitución del deber de conocer el castellano y el derecho a usarlo.

- Auto por la que admite recusaciones filtrando documentos internos del Tribunal.

- Sentencia por la que se puede prorrogar el mandato del Presidente del TC por encima del plazo establecido taxativamente por la Constitución. Nótese que la Presidenta no se ha abstenido de votar en un asunto que le concernía directamente.

La siguiente será la del Estatut.
ElKoko dijo el día 15 de Abril de 2008 a las 23:24:
Hola, Copeland. Una precisión antes de empezar: a mí nadie me baneó del blog de LdP (si encuentras el mensaje de mi baneo tienes premio).

Sobre tu primer punto, poco hay que añadir, porque es así. La cuestión es que ni una postura ni la otra restringen los derechos fundamentales (entre ellos la libertad) de nadie, que es justo lo contrario de lo que se afirma en esta bitácora.

Sobre el segundo punto, voy a entrar en lo que es materia de esta bitácora (dejaré, aunque no sea por ganas de contestarte, las falacias de RUMASA o del CGPJ para otra ocasión): las Sentencias que, según tú, laminan el derecho a crear y dirigir centros educativos.

Te diré que estoy un poco sorprendido (por decirlo finamente y no perder las formas), porque es la primera noticia que tengo. ¿Está prohibido, por orden del Tribunal Constitucional, crear y/o dirigir los centros privados del Opus Dei? ¿O no era eso lo que querías decir?

La otra sorpresa (ya te digo que intento cuidar las formas) que me has dado ha sido la privación, también por orden del Tribunal Constitucional, de conocer y usar el castellano. ¿Se han prohibido también las clases de castellano y no me he enterado? ¿O tampoco era eso lo que querías decir? ¿O tal vez lo que quieres decir es que el conocimiento del castellano sólo se adquiere si las clases de matemáticas te las dan en castellano?

Respecto a la libertad de usar el castellano, ¿también hay alguna prohibición del Tribunal Constitucional? No estarás refiriéndote a la rotulación de los comercios en Cataluña, ¿verdad? Porque siento decirte, muy a tu pesar, que el castellano no tiene ninguna restricción en los rótulos de los comercios de Cataluña.

¿No será que estás confundiendo lo inconstitucional con lo que tus prejuicios no te permiten aceptar? Y es que en España hay vida más allá del castellano, que no ha estado prohibido durante cuarenta años, como otras lenguas. Y la desregulación anárquica que predicáis sólo es viable en igualdad de condiciones.
COPELAND dijo el día 16 de Abril de 2008 a las 12:24:
1º.- Si no te banearon me alegro. Es una cuestión semántica: se reorganizó el foro y no te dieron bola, como a otros muchos.

2º.- Si el derecho a usar el castellano no comprende el de recibir la enseñanza obligatoria en dicho idioma, porque el Estado o las CC.AA. tiene plena libertad para determinar el idioma vehicular sin más límite que sus respectivas competencias (SSTC que tú has transcrito), estaré encantado de debatir en qué consiste.

3º.- La "anarquía" que tanto temes se solucionaría suprimiendo la libertad (la poca que queda) en el ámbito de la enseñanza. Y en los demás. Vayamos todos por la senda progre que nos marquen los que mandan en papá estado (o mamá Comunidad Autónoma).

4º.- Se pueden abrir centros educativos teóricamente. Y en la práctica obligar a cerrarlos estableciendo una regulación que los asfixie. Es la política socialista en materia de educación.

5º.- ¿Y qué pasa con la educación pública? ¿No hay obligación de ofertar la enseñanza obligatoria en castellano y en las demás lebguas oficiales y que cada uno elija la que quiera?

6º.- De prejuicios puedes dar lecciones a todo el mundo. Al fin y al cabo en todos los foros dejas constancia de que tienes para dar y repartir. Entre ellos que para que exista libertad es condición previa la igualdad de oportunidades. Que por supuesto seréis tú y los tuyos los que determinarán cuándo existe. Pues mira, no, la libertad es la forma de conseguir la igualdad de oportunidades y no a la inversa. Lo contrario nos lleva a Cuba y no precisamente de vacaciones.
COPELAND dijo el día 16 de Abril de 2008 a las 15:14:
Y para prejuicios, los de la Iglesia Vasca y sus centros educativos. Que no dudan en oponerse con todos sus medios a la Educación para la Ciudadanía utilizando a los padres como rehenes (una vez que se han asegurado la neutralidad financiera del Gobierno vasco en este asunto, of course), mientras que no sólo se niegan a reconocer el derecho de los padres a escolarizar a sus hijos en la lengua materna, sino que lo obstaculizan y torpedean cuantas iniciativas surgen en su defensa.

Claro que aquí sí cuenta el interés: La Consejería de Educación del Gobierno Vasco subvencionará el 100% del coste de la plaza a los centros concertados, a cambio de su "colaboración" en la implantación del curriculum vasco, que establece al euskera como lengua vehicular principal de la enseñanza.

Desde aquí te animo, Álvaro, a que objetes a los objetores a la EpC y no les des cobertura a menos que se comprometan en defensa de la libertad total de enseñanza y no sólo de los aspectos que les interesan.
COPELAND dijo el día 16 de Abril de 2008 a las 16:10:
Seguro que en Valencia, donde la Generalitat no va a reconocer la objeción a la EpC buscan la unión con las plataformas liberales.

Escribir comentario

Cien mil razones para llegar a las cien mil objeciones a Educación para la Ciudadanía.

Sobre los autores

Álvaro Vermoet Hidalgo, presidente de la Unión Democrática de Estudiantes (UDE), es consejero del Consejo Escolar del Estado y del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid. Es también miembro del Claustro de la Universidad Autónoma de Madrid y de la Junta de la Facultad de Derecho de esta Universidad, donde estudia Derecho y Administración y Dirección de Empresas. Escribe en Libertad Digital.

Mienmano es el nombre artístico de uno de los bloggers más seguidos en la comunidad de LD. El título de su sitio, Así lo ve Mienmano, parodia la figura del hermanísimo en la política. Ahí comenta la actualidad a diario, con mordaces viñetas que nacen de una mirada muy personal a la realidad, radical y políticamente incorrecta, y consiguen provocar la sonrisa y la reflexión. En su estilo ecléctico no faltan guiños a tradiciones diversas como el pop, la publicidad, el cartelismo, el humorismo gráfico y el arte digital. Es un privilegio para LD descubrir –a quien no lo conozca aún– a Mienmano como ilustrador vitalista y certero de nuestro blog sobre Educación para la Ciudadanía.


En formato RSS© Copyright Libertad Digital SA. Juan Esplandiu 13, 28007 Madrid.