28 de Enero de 2009 - 17:27:02 - A. Vermoet

El
Tribunal Supremo parece que, por fin, ha emitido un
fallo. Tras tres días de deliberaciones, el Alto Tribunal ha emitido una sentencia que, por 22 votos a 7, no avala el derecho de los padres a apelar a la objeción de conciencia, con base en su derecho constitucional a que sus hijos reciban una enseñanza conforme a sus convicciones, a la obligatoriedad de
Educación para la Ciudadanía.
Lo primero que hay que decir al respecto es que la objeción de conciencia se plantea como una negativa del individuo frente a una obligación de hacer que le impone el Estado y que atenta contra las convicciones religiosas y morales más profundas del individuo. Sin que tenga un reconocimiento constitucional explícito, se ha admitido la objeción, por ejemplo, frente a la práctica del aborto por parte de los médicos del sistema sanitario público.
Parece que si un grupo de familias entiende que unas enseñanzas obligatorias atentan contra esas convicciones tan profundas pero tanto el
Estado como las
Comunidades Autónomas afirman que los valores que transmite la materia son exclusivamente los de la
Constitución, lo lógico sería que, salvo contenidos claramente políticos que se expliciten en los temarios oficiales, el
Poder Judicial, unánimemente, no les permitiera objetar. Sin embargo, y pese al discurso oficial del Gobierno y de medio
PP (sólo
Esperanza Aguirre se ha opuesto claramente a los contenidos gubernamentales de la materia), y a la ambigüedad de los planes de estudio, resulta que la mitad de los
Tribunales Superiores de Justicia (y un tercio de los magistrados del Supremo), sí reconocieron esa objeción.
Es evidente que la consideración mayoritaria del Supremo es la que es (imagino que
Rajoy y compañía nos repetirán hasta la saciedad aquello de que ellos acatan la sentencia), es decir, que nuestro ordenamiento jurídico no reconoce la posibilidad de objetar, pero llama la atención que un tercio de su
Sala de lo Contencioso-Administrativo (además de, conviene insistir, varios Tribunales Superiores de Justicia de varias Comunidades Autónomas no precisamente conservadoras) sí crea que estamos ante una asignatura adoctrinante ante la cual cabe lo que
PRISA y demás grupos de poder que han atacado a las familias objetoras llaman una "rebelión" contra la asignatura.
No debemos juzgar la asignatura ni sus contenidos en el sentido de si nos gustan o no. Si una proporción significativa de los jueces sí cree que hay un contenido aleccionador, cabe preguntarse por qué la opinión de esa minoría no es suficiente para avalar el ejercicio de un derecho individual, es decir, si estamos ante una objeción del individuo ante el Estado, algún fundamento tendrá para objetar cuando una parte importante, aún minoritaria, del Poder Judicial coincide en observar que hay fundamento suficiente para hacerlo. Es por ello que debemos apoyar a esas familias a que
continúen su batalla jurídica por la libertad de educación ante el
Tribunal Constitucional y, previsiblemente, ante el
Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.
Lo que diga la mitad más uno de los jueces del Supremo está muy bien si hablamos de anular un Reglamento, pero si hablamos de la objeción individual frente al Poder en el ejercicio de una libertad como la ideológica, que uno solo de los magistrados del Supremo viera adoctrinamiento y motivos para objetar debiera ser suficiente como para que sus colegas magistrados admitieran que si un juzgador de un Alto Tribunal cree que hay motivos para objetar, se debería respetar a esas familias y su decisión. Y, al tratarse de un derecho lo que está en juego, no un reglamento más, resulta imprescindible acudir ahora a los órganos de garantía de los derechos fundamentales: el TC y el TEDH. Es el largo recorrido del individuo frente a todos los poderes del Estado, muy politizados y poco o nada separados. Qué se lo digan a
Liaño.
ElKoko dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 18:05:
Hola de nuevo. El segundo párrafo, que te sirve como base jurídica para poder desarrollar la argumentación moral del resto del artículo, contiene un error que ya comenté en esta misma bitácora hace unos meses (en Marzo de 2008): los médicos no tienen la obligación legal de practicar un aborto y pueden, en consecuencia, negarse (objetar) a practicarlo.
El Tribunal Constitucional ya determinó hace mucho tiempo que sólo cabe objetar a una obligación legal: la que obligaba a realizar el servicio militar. Esa es la única objeción de conciencia permitida ante una obligación legalmente establecida; a ninguna otra obligación legal (como por ejemplo la enseñanza obligatoria) se puede objetar como pretendéis vosotros, porque estaríais incurriendo en insumisión (como es insumiso fiscal -y delincuente- quien se niega a pagar sus impuestos por el convencimiento moral o ideológico de que el gobierno socialista pueda estar despilfarrando nuestros impuestos).
Los padres pueden instar al colegio al que van sus hijos a que cambien un libro de texto que consideren inadecuado para la educación de sus hijos, proponiendo que se elija otro libro de los muchos que hay publicados y aprobados por el Ministerio o por las Consejerías de Educación.
Un saludo.
ElKoko dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 18:11:
Por cierto, que 7 magistrados de 29 son el 24% (menos de un cuarto, y no un tercio).
quasimod dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 18:53:
¡Por fin! Sententia habemus.
Esto ha sido como el parto de los montes. tres días de deliberaciones, para que al final salga el resultado perseguido por el gobierno. ¡Toma nísperos! (J. Campmany, in memoriam).
Si tan abrumadora es la superioridad, 3 noes por cada sí, ¿a que ha venido la pantomima de los tres días de deliberaciones?
Como español, frente al gobierno y a los jueces tengo la obligación de ser mal pensado y sobre el particular me asalta una duda: ¿Se habrá incluido en las negociaciones gobierno CGPJ el fallo de esta sentencia? ¿Habrá otras "condescendencias" de los jueces hacia el ejecutivo?, Si esto fuera así ¿El Estatuto de Cataluña habrá entrado en el toma y daca?
Esperemos por el bien de todos que estas "elucubraciones mías sean sólo eso ¡elucubraciones sin sentido!.
Dios nos guarde.
zzzz dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 19:06:
Hola Álvaro,
un nuevo paso atrás en nuestro estado de derecho. Ninguna sorpresa: sabemos dónde vivimos y quién nos gobierna.
EL PP ha dicho que si llega a gobernar quitará la asignatura. ¿Y hasta entonces? Hasta entonces a dormir el sueño de los traidores. Es el partido de la pachorra.
Me siento como después de que Bermúdez dictara sentencia. Eso quiere decir que soy idiota y albergo esperanzas en la justicia española. No escarmiento.
Un abrazo
Jose53 dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 19:36:
Me surge una pregunta, si no hay derecho a la objeción de conciencia, por qué no cogen a todos aquellos que hacia los 80 se declararon objetores y nrehuyeron la prestación del Servicio Militar y los incorporan al ejército enviándolos a, digamos, Afghanistan?
La verdad, el fallo es de lo más alucinante, o sea, que piden "que no se adoctrine", y si yo, como padre, considero que están adoctrinando, qué hago?
Alguien que me lo aclare porque estoy hecho un lío
ElKoko dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 19:43:
Jose53: Tu pregunta la tienes contestada en mi primer comentario, y es que esa es la única objeción de conciencia reconocida a una obligación legal.
parmenid dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 19:49:
Si hay derecho a la objecion de conciencia. La Sentencia del T.C. de 23 abril 1982, lo deja clarisimo:
”Puesto que la libertad de conciencia es una concreción de la libertad ideológica, que nuestra Constitución reconoce en el art. 16, puede afirmarse que la objeción de conciencia es un derecho reconocido explícita e implícitamente en la ordenación constitucional española”. Para en el FJ 8º, añadir: “…No significa que sea exigible tan solo cuando el legislador la haya desarrollado, de modo que su reconocimiento constitucional no tendría otra consecuencia que la de establecer un mandato dirigido al legislador sin virtualidad para amparar por sí mismo pretensiones constitucionales individuales. Como ha señalado reiteradamente este Tribunal, los principios constitucionales y los derechos y libertades fundamentales vinculan a todos los poderes públicos… y son origen inmediato de derechos y obligaciones y no meros principios"
A partir de ahí, a esperar la sentencia.
Criti dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 21:23:
Me parece disparatado el fallo del TS, más habiendo jurisprudencia anterior a esta sentencia en la que si se reconoce la extensión del derecho a objetar ya no sólo para el servicio militar, sino para cualquier otro ámbito.
La justicia en España le están obligando a dar piruetas, a hacerse el harakiri, a desarrollar sentencias y teorías jurídicas sin sentido como ya pasó con la imposición de penas mayores para hombres sobre mujeres por ciertos delitos.
El país del puterío, como muy bien dice Pío Moa.
ElKoko dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 23:19:
Existe y se reconoce la objeción de conciencia para aquellos casos en los que no existe una obligación legal, como es el caso de practicar un aborto (ningún médico tiene la obligación legal de hacerlo, es decir, no existe una Ley que específicamente obligue a un médico a practicar un aborto). Pero cuando existe una obligación legal de por medio (como es el caso de la enseñanza obligatoria o el pago de impuestos) sólo puede ejercerse el derecho a la objeción de conciencia para el extinto servicio militar obligatorio (es decir, actualmente en ningún caso).
«La objeción de conciencia de carácter constitucional está limitada por el legislador únicamente al «no cumplimiento del servicio militar», lo que propicia la existencia de los objetores destinados al cumplimiento de prestaciones sociales sustitutorias que si tampoco se respetan origina entonces la figura delictiva del insumiso.» (STC 166/1995).
«La objeción de conciencia con carácter general, es decir, el derecho a ser eximido del cumplimiento de los deberes constitucionales o legales por resultar ese cumplimiento contrario a las propias convicciones, no está reconocido ni cabe imaginar que lo estuviera en nuestro Derecho o en Derecho alguno, pues significaría la negación misma de la idea del Estado. Lo que puede ocurrir es que sea admitida excepcionalmente respecto a un deber concreto. Y esto es lo que hizo el constituyente español, siguiendo el ejemplo de otros países, al reconocerlo en el art. 30 CE, respecto al deber de prestar el servicio militar obligatorio.» (STC 161/1987).
doiraje dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 23:26:
Hace tiempo (desde mediados de los ochenta) que la división de poderes en España es poco más que una pantomima. Contra la evidencia de lo obvio, esta sentencia. Más de lo mismo. Que Dios nos asista. Pero, por supuesto, ni un paso atrás.
ceba dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 23:44:
para elKoko:
me pregunto como compatibilizar lo que aparentemtne dice el fallo con dos cosas: 1, los reales decretos hablan de transmitir una moral con esta asignatura, el fallo dice que no debe invadirse el terreno moral, ergo, al TS le faltó vision (u otra cosa) para hacer revisar ese Real Decreto y ajustarlo en este sentido. 2, es ilegal hacer "adaptacion curricular" de una asignatura de caracter obligatorio. Asi que estamos en un circulo vicioso juiridico, querido amigo, donde el problema de la objecion de conciencia es el menor y sería la valvula de escape en un procedimiento que tiene muchas inconsistencias juridicas. Por otro lado, antes de la objecion a la mili, no había excepcion a la objecion, fue un movimiento popular consistente el que produjo ese movimiento de excepcion. Piensa (con mente abierta porque la realidad es mas amplia que el procedimiento juiridico) que estas viendo el nacer de una nueva excepcion... salvo que algunos lucidos hagan algo por salvar la situacion.
raposo dijo el día 28 de Enero de 2009 a las 23:51:
Si el Supremo dice que "no se puede adoctrinar", hay que denunciar a todos los colegios que "adoctrinen" y a las Consejerías que hayan aprobado los textos, mostrando como prueba los textos que se utilizan en esos colegios y pruebas sobre las explicaciones que se dan en los colegios (exámenes, apuntes, etc). Y exigir reparacion por los daños causados.
El recurso al Constitucional, en paralelo con la acción anterior.
Creo que el Tribunal de Derecho Humanos solo da una satisfacción moral. Tengo entendido que sus sentencias, aparte de muy tardías, no son vinculantes (Acaba de salir hace poco una sentencia sobre el caso Vera ¿Que efecto ha tenido?)
ElKoko dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 01:04:
ceba, dígame, literalmente, lo que especifican esos Reales Decretos sobre la transmisión de una moral y lo que especifica el fallo respecto a la invasión del terreno moral; literalmente es copiar y pegar sin añadir ni quitar nada. Seguro que se lleva una sorpresa cuando compruebe que lo que usted ha oido que han dicho que ponen los Reales Decretos o el fallo se desvía bastante de lo que usted tiene en mente.
Sobre el segundo punto, me interesaría conocer un poco más su opinión sobre el alcance y los límites de la adaptación curricular. También sería interesante que indicara la literalidad (recuerde: copiar y pegar) de la norma o la sentencia que declara ilegal dicha adaptación curricular.
Un saludo.
berdonio dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 02:34:
Es obvio que la EpC es un instrumento de adoctrinamiento, pero es un error poner el foco y el escándalo exclusivamente en la parcialidad política de los contenidos. Así les estamos proporcionando la excusa que necesitan para confundir a la opinión pública. Ellos saben muy bien que lo importante es poner en marcha su engendro manipulador aunque sea haciéndolo pasar por “inofensiva” promoción de valores constitucionales, puesto que una vez nos hayan clavado la aguja en vena ya tendrán tiempo y ocasión de inocular lo que les parezca. Esa es la argucia de los totalitarios: allanar nuestra casa vestidos con piel de cordero, vendiéndonos la milonga de que se trata sólo de inocuos valores constitucionales. Luego si somos tan incautos de centrar el debate en si tras la piel de cordero con que invaden nuestra casa se esconde el lobo o no y omitimos la cuestión primordial de si tienen siquiera el derecho a entrar, acabarán metiéndose hasta la cocina. LA CUESTIÓN DE FONDO ES QUE NO TIENEN NINGÚN DERECHO A VIOLAR NUESTRA INTIMIDAD VAYAN VESTIDOS DE LO QUE VAYAN. El Estado no puede decirnos lo que es bueno y lo que no, sea lo que sea, por la sencilla razón de que somos los ciudadanos quienes diseñamos el Estado y no éste el que nos moldea a nosotros.
Hemos perdido el tiempo discutiendo si son galgos o podencos y ya los tenemos dentro. Por no haber sabido ponderar la cuestión en sus fundamentales y debidos términos, les hemos dado la excusa que necesitaban: parapetarse en que se trata sólo de inofensivos y blanquitos borreguitos constitucionales. Si se hubiera puesto el acento donde correspondía, es decir, en el derecho de no injerencia estatal en nuestra vida privada, CON INDEPENDENCIA DE LOS CONTENIDOS, no les habríamos servido en bandeja el pretexto perfecto.
ElKoko dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 09:38:
Se me olvidaba, ceba. ¿Recuerda usted en qué fecha se modificó la Constitución para incluir aquel fervor popular que pedía la objeción de conciencia al servicio militar?
ElKoko dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 09:42:
berdonio, si somos nosotros quienes diseñamos el Estado y EpC es una simple recopilación de los valores constitucionales que nosotros nos hemos diseñado, ¿qué problema hay en que el Estado nos recuerde nuestro propio diseño?
¿O es que ahora ya no nos gusta nuestro diseño?
leson1 dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 11:11:
Pero ¿qué esperábamos con el cambio de Régimen a uno totalitario y dictatorial? esto que es lo que hay.
Además, la mafia siciliana-masónica de ZP sólo se ocupa de tener bien untados a los suyos a nivel económico es decir, Prisa, sindicatos, PSOE, o a los que les tienen cogidos por algo inconfesable (ANV) y a ello se dedica en exclusiva y a nada más. A nada más. Cosas del marxismo, que como sabéis es muy materialista y no hay más. Es decir, sólo se trata de atontar, adoctrinar y vender muchos libros de PRISA que está en quiebra técnica y necesita urgentemente un rescate financiero. Osea, que hay mucha prisa en la venta de los libros de EpC para el curso que viene.
Así de sencillo. Lo demás, tonterías, paparruchas.
Lo que urge, rebelión financiera, no comprar ni uno de los libros.
Si se puede pasar de curso con 4 suspensas siempre que no sean Lengua o Matemáticas, no veo ningún problema en pasar totalmente de ésta asignatura.
cockneys dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 13:28:
Felicidades, Elkoko.
Tú siempre manteniendo el pendón bien alto frente a los infieles.
Señores míos, la Sentencia del Supremo, por lo poco que conocemos, es ejemplar en cuanto a mostrar una independencia de la Sala respecto a presiones políticas o incluso a opiniones personales.
¿Cómo que “es obvio” que la asignatura representa un instrumento de adoctrinamiento? ¿Se ha leído usted el temario? La asignatura Educación para la Ciudadanía lo único que aporta respecto a cualquier temario de Ética de hace unos años es un reconocimiento de la realidad actual, en la cual las tendencias sexuales homosexuales han sido despenalizadas, y se permite la libre unión de dos personas del mismo sexo. Algo, por cierto, que hasta la Iglesia Católica da ya por aceptable, aunque no estén de acuerdo que se llame matrimonio.
En reconocer que existen varios tipos de familia, como que el aborto está despenalizado en determinados casos, no existe ningún adoctrinamiento. ¿Tan poco confían ustedes en sus vástagos, que creen que porque sepan que existe la homosexualidad, van a sentirse inclinados a probarla? Y ¿qué si lo hacen? ¿No representará eso una opción de libertad personal? ¿Prohibirán ustedes que se informe a los niños de que existe el tabaco (no vaya a ser que fumen? ¿Creen ustedes que hay que evitar informar a la gente de que la masturbación es una opción que practican una amplia mayoría de los seres humanos sin quedarse ciegos?
El adoctrinamiento puede existir en determinados profesores, o en algunos manuales, que se extralimiten, y ahí aparece la advertencia del Supremo. Pero no sólo en Educación para la Ciudadanía… ¿no hay universidades en las que la Libertad de Cátedra permite que se considere a Lorca un “maricón”? ¿No hay profesores que se permiten cuchufletas contra la evolución?
cockneys dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 13:42:
El Supremo no ve adoctrinamiento en que exista una asignatura que observe y cuente la realidad, y ve ilegal que unos padres puedan decidir que sus hijos no deben asistir a una calase “porque lo que se cuenta no cabe en la educación que quieren para sus hijos”.
¿Se dan cuenta de lo que ocurriría si el Supremo hubiera abierto la puerta de la objeción a la asignatura por que sí, sin pruebas de que exista adoctrinamiento?.
En todas las asignaturas cabe adoctrinamiento. Podríamos contemplar a padres musulmanes o judíos objetando a las clases de literatura: ¿Han leído las obras del siglo de Oro: Quevedo, Cervantes, etc… Son un compendio de insultos y alusiones maliciosas a Mahoma, a los moriscos, a los judíos, al Islam…
¿Qué hay de la historia del Siglo XX? ¿Veríamos a padres neonazis exigiendo que sus hijos no reciban clase de Historia, por no estar de acuerdo con la doctrina según la cual Hitler fue un criminal?
No digamos la filosofía… A clase de Filosofía no iría ningún alumno… o su estudio se detendría en los presocráticos
¿Qué hay de la Geografía? Imaginemos un nacionalista vasco, catalán, gallego…. Trasladado a Burgos, o a Cáceres. Podría exigir que sus hijos quedaran exentos de clases para impedir que fueran “adoctrinados” en la España una
¿Les parece ridículos los ejemplos dados? ¿Por qué? ¿Creen ustedes que las únicas creencias dignas de respeto son las emanadas de la Iglesia Una Grande y Libre?, o de la España Católica y Romana?
Pues siento decirles que no. O nos toleramos unos a otros, o aquí no hay nada que hacer. Y, lo siento, el musulmán tiene el mismo derecho, o más, a exigir que no tenga que leer su hijo un libro en que a los moriscos se les llama “raza dañina”, que ustedes a exigir que su hijo no sepa que existe la homosexualidad como opción válida. O que hay gente que se entrega a placeres solitarios sin quedarse ciegos
cockneys dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 13:45:
Y así que ayer va el Foro de la familia, en boca de su presidente (creo) y dice que hay que “consensuar” los contenidos.
A buenas horas, mangas verdes. ¿No deberían haber hecho eso, o al menos esperado a ver los contenidos que se impartirán, antes de ir por las bravas, con manifestaciones y querellas, con evidente intencionalidad política?
Una de mis hijas asiste a un colegio concertado donde, al menos uno de sus profesores, hace mofa y befa de la evolución. Si quieren les doy el nombre del Colegio. Puedo denunciar al Colegio, pero ¿no perjudicaré al resto de los alumnos, que arriesgan que una inspección en el Colegio y sanción al profesorado suponga una pérdida del concierto? Puedo irme a otro colegio, con el perjuicio correspondiente para mi hija, que perdería círculo de amigas y tendría que desplazarse a la otra punta de la zona educativa. ¿Solución? Mi hija tiene doce años. Le he suministrado pruebas a favor y en contra. Hemos dialogado. Que opine lo que quiera. Evidentemente, la decisión es mía, y no la impongo a ningún padre. Pero el caso es que mi hija es lectora empedernida, razona como una fiera, y a los doce años tiene un criterio que ya querrían jóvenes de 18 años. ¿Piensan de verdad los padres objetores en el bienestar de sus hijos, en crear hijos que razonen por sí mismos, o en servir unos credos políticos determinados? Consideran exclusivos detentes de la moral que deben conocer y profesar sus hijos hasta los dieciocho años ¿y luego? ¿Qué verdadera libertad religiosa hay cuando hasta los 18 años, cuando aprendes todo y tu cerebro es más dúctil, sólo has recibido una creencia determinada?
Mienmano dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 19:56:
Estimado Cockneys: no puedo hablar en nombre de los padres de los alumnos objetores, porque no estoy en su lugar, pero sí puedo hablar por mí mismo, y compartir con usted algunas de las razones que a mí, en concreto, me han llevado a embarcarme en este asunto.
Pero bueno, ahora que lo pienso, de mis razones, que nacen de una visión que considera vital una mínima injerencia del Poder en las cuestiones de conciencia, atendiendo especialmente a los dolorosos precedentes históricos de sociedades en las que el Estado se ha arrogado la facultad de decidir lo que es moral o no por encima del acuerdo tácito de una sociedad dispuesta a convivir, nada le puedo explicar que no pueda extraer, mucho mejor argumentado, de la serie de programas que presentó Gabriel Albiac en LDTV hace unos meses. Intentaré servir aquí el enlace, pero, como no estoy seguro de que la sección de comentarios admita HTML, le indico que puede encontrarlos buscando "reeducación ciudadanía gabriel albiac" en google o ek buscador que guste.
Seguro que usted, que gusta de aportar a su hija argumentos de una y otra parte, y que disfruta viéndola ejercer su criterio (de lo que nos alegramos los dos) no querrá privarla de esta oportunidad de atender a verdaderas lecciones magistrales de uno de los filósofos más eminentes de España, lugar donde para ser pensador no es estrictamente necesario llamarse Savater y lucir unas gafitas chillonas cuyo color cambia con frecuencia.
Discutiendo un poco más los detalles de su vida familiar que amablemente ha compartido con nosotros, sí me gustaría incidir sobre un par de aspectos que usted, espero que inintencionadamente, ha mezclado en esta polémica sin tener nada que ver con ella, y que me gustaría deslindar nítidamente, con el fin de que quien nos pueda leer y que esté menos informado no se haga una interpretación engañosa.
(prosigo en otro comentario, por haber llegado al límite)
Mienmano dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 19:59:
Primero alude usted al tema de la enseñanza de la evolución. En beneficio de terceros desinformados, quiero resaltar que la EpC nada tiene que ver con ella. En ese tema, el contenido científico (que no moral, ni político) de los currículos escolares no ha cambiado gran cosa desde antes de la democracia, y está establecido por ley, sin contestación ni de ninguna de las fuerzas políticas ni de ninguna parte relevante de la sociedad civil española. Y usted lo sabe bien.
Insisto en que todo esto lo digo en beneficio de lectores poco informados, a los que su alusión a este tema, espero que casual, pero potencialmente engañosa, podría llevarles a hacerse una idea falsa de que la objeción a la EpC se basa en unos factores de índole religiosa que, por ejemplo en Estados Unidos se asocian con el más rancio integrismo. Con Franco se enseñaba la Evolución, la Iglesia Católica la admite, y además, ninguna de esa cosas es relevante y no me importa mucho saber si tal o cual padre (en el sentido de progenitor, o en el sentido de cura) se muestra contrario a ella porque, insisto, ni es materia de la EpC, ni hay en España una polémica sobre eso, ni los objetores objetan por esa razón.
(prosigo en otro comentario, en el que espero ya concluir)
Mienmano dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 20:02:
De todos modos, y apelo a su tolerancia y su talante para seguir opinando sobre sus circunstancias familiares y educativas, dado que usted ha sido tan amable de compartirlas con los miles de lectores que a estas alturas ya se habrán pasado por esta entrada de la bitácora, le comento que no puedo dejar de disentir con el criterio tan poco coherente que gasta usted en este tema. Tal vez sea porque yo tuve la suerte de educarme todos y cada uno de los días de mi itinerario escolar exclusivamente en centros públicos, de los que alguna vez me cambié (me cambiaron) porque mis padres estaban insatisfechos por tal o cual detalle. La excelencia, que es lo que todos deseamos para nuestros hijos, con frecuencia requiere selección. No deje que el miedo de su hija a perder un circulito de amigas le desvíe de su deber de velar por ella. El móvil y las redes sociales ayudarán a la benjamina a mantener el contacto. Si cree que en su actual colegio (que, si dice concertado, presumo que será de curas) puede estar sometida a malas influencias, apelo a su valentía y a su amor paternal para que se plantee un cambio.
Y a no ser que me detalle usted en qué zona desértica vive (y yo no se lo pido), me cuesta creer que no haya una cierta densidad de centros educativos por sus alrededores entre la que elegir. Sí tienen ustedes opciones, además de quejarse en privado.
(pues vaya, aún me quedan un par de párrafos)
Mienmano dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 20:04:
(y final)
Pero, como ya le dije, yo me eduqué solo en centros públicos, y, por cierto, mi punto de vista liberal está en contra de que existan centros concertados, pero no quiero desviarme del tema principal. Espero que no sea usted uno de tantos padres (parientes, amigos, conocidos) de izquierdas que, por un lado, quieren disfrutar de una supuesta mayor calidad de los centros religiosos, y por otro, pretenden que el Poder impida a los curas ser lo que son: curas. Hay que ser un poco coherente con los propios ideales. Aunque yo he salido más bien derechón, nada hay en la enseñanza pública que le impida a su hija el día de mañana ser como pienso que a usted le gustaría: una persona de criterio, abierta a puntos de vista contrapuestos, que igual ve por las noches la Cuatro que la Sexta, y que con todos los medios de información "libres" y "plurales" (ay, el Sopena) que la moderna sociedad de la información pone a su alcance, se informa, compara, ejerce su criterio, y luego vota siempre, obedientemente, al PSOE refunfuñando tópicos sobre la Guerra Civil. Como le digo, me fascina esa querencia por los curas que tienen los anticlericales, aunque por otra parte, tal vez sea una astuta forma de eduación inversa. Yo en todos mis años de crecimiento, sólo vi curas los domingos, en misa, y de lejos, y cuando la Primera Comunión, claro está. Mucha gente que conozco, en cambio, se vio recluida un poco contra su carácter en centros religiosos, y es verdad que han salido bastante progres. Y, como muchos progres, la gente de la que le hablo, son pijos, clasistas, frívolos y profunda y visceralmente antirreligiosos. De pensamiento crítico, de criterio, en mi opinión tienen muy poco (ya le comento esas fuertes componentes de visceralidad), pero no vale la pena criticarlos mucho, si eso era lo que sus padres querían para ellos.
Mienmano dijo el día 29 de Enero de 2009 a las 20:08:
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